FECHA | VALOR |
27-08-2012 | 13.176000 |
28-08-2012 | 13.170300 |
29-08-2012 | 13.184700 |
30-08-2012 | 13.274600 |
31-08-2012 | 13.417200 |
viernes, 31 de agosto de 2012
Tipo de cambio del 27 al 31 de Agosto del 2012
ACUERDO por el que se establecen los cupos y el mecanismo de asignación para importar a los Estados Unidos Mexicanos, varilla de hierro o acero corrugada o barras de hierro o acero para armaduras, para cemento u hormigón, y perfiles de hierro o acero sin alear en L originarios de la República de El Salvador.
ACUERDO por el que se establecen los cupos y el mecanismo de asignación para importar a los Estados Unidos Mexicanos bienes textiles clasificados en el Capítulo 62 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación originarios de las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
ACUERDO por el que se da a conocer el cupo y el mecanismo de asignación para importar a los Estados Unidos Mexicanos bóxers de algodón, para hombres o niños, que cumplan con lo dispuesto en el Anexo 4.3 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
DECRETO Promulgatorio del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, firmado en San Salvador, El Salvador, el veintidós de noviembre de dos mil once
jueves, 30 de agosto de 2012
Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 6911.10.01 y 6912.00.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
lunes, 27 de agosto de 2012
Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por la empresa Rinplay, S. de R.L. de C.V., en contra de las resoluciones definitiva de la investigación antidumping y finales del primer y segundo examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de prendas de vestir y otras confecciones textiles, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, publicadas el 18 de octubre de 1994, el 15 de diciembre de 2000 y el 3 de marzo de 2006, respectivamente.
Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por la empresa Ferrioni, S.A. de C.V., en contra de las resoluciones definitiva de la investigación antidumping y finales del primer y segundo examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de hilados y tejidos de fibras sintéticas y artificiales, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, publicadas el 18 de octubre de 1994, el 15 de diciembre de 2000 y el 3 de marzo de 2006, respectivamente.
Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por la empresa Tiendas Chedraui, S.A. de C.V., en contra de las resoluciones definitiva de la investigación antidumping y finales del primer y segundo examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de prendas de vestir y otras confecciones textiles, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, publicadas el 18 de octubre de 1994, el 15 de diciembre de 2000 y el 3 de marzo de 2006, respectivamente.
Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por la empresa Albany International de México, S.A. de C.V., en contra de las resoluciones definitiva de la investigación antidumping y finales del primer y segundo examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de hilados y tejidos de fibras sintéticas y artificiales, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, publicadas el 18 de octubre de 1994, el 15 de diciembre de 2000 y el 3 de marzo de 2006, respectivamente.
sábado, 25 de agosto de 2012
Tipo de cambio del 20 al 24 de Agosto del 2012
FECHA | VALOR |
20-08-2012 | 13.174500 |
21-08-2012 | 13.126100 |
22-08-2012 | 13.085400 |
23-08-2012 | 13.176200 |
24-08-2012 | 13.128400 |
martes, 21 de agosto de 2012
viernes, 17 de agosto de 2012
Tipo de cambio del 13 al 17 de Agosto del 2012
FECHA | VALOR |
13-08-2012 | 13.109400 |
14-08-2012 | 13.147400 |
15-08-2012 | 13.131100 |
16-08-2012 | 13.163900 |
17-08-2012 | 13.143000 |
Resolución final de la investigación antisubvención sobre las importaciones de dicloxacilina sódica originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 2941.10.08 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
martes, 14 de agosto de 2012
viernes, 10 de agosto de 2012
Tipo de cambio del 6 al 10 de Agosto del 2012
FECHA | VALOR |
06-08-2012 | 13.135700 |
07-08-2012 | 13.070800 |
08-08-2012 | 13.184900 |
09-08-2012 | 13.189100 |
10-08-2012 | 13.118800 |
Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de cable coaxial del tipo RG (Radio Guide o Guía de Radio), con o sin mensajero, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 8544.20.01, 8544.20.02 y 8544.20.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
DECRETO por el que se establece un arancel-cupo a las importaciones de huevo.
DOF: 09/08/2012
DECRETO
ARTÍCULO ÚNICO.- El arancel-cupo de importación aplicable a las fracciones arancelarias 0407.21.01, 0407.21.99, 0408.11.01, 0408.19.99, 0408.91.01, 0408.91.99, 0408.99.01 y 0408.99.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007 y sus modificaciones, siempre que el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía, será el siguiente:
CÓDIGO
|
DESCRIPCIÓN
|
Unidad
|
IMPUESTO
| |
IMP.
|
EXP.
| |||
0407.21.01
|
Para consumo humano.
|
Kg
|
Ex.
|
No aplica
|
0407.21.99
|
Los demás.
|
Kg
|
Ex.
|
No aplica
|
0408.11.01
|
Secas.
|
Kg
|
Ex.
|
No aplica
|
0408.19.99
|
Las demás.
|
Kg
|
Ex.
|
No aplica
|
0408.91.01
|
Congelados o en polvo.
|
Kg
|
Ex.
|
No aplica
|
0408.91.99
|
Los demás.
|
Kg
|
Ex.
|
No aplica
|
0408.99.01
|
Congelados, excepto lo comprendido en la fracción0408.99.02.
|
Kg
|
Ex.
|
No aplica
|
0408.99.99
|
Los demás.
|
Kg
|
Ex.
|
No aplica
|
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
martes, 7 de agosto de 2012
Resolución Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Estas mercancías se clasifican en las fracciones arancelarias 0207.13.03 y 0207.14.04 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
viernes, 3 de agosto de 2012
Tipo de cambio del 1 al 3 de Agosto del 2012
FECHA | VALOR |
01-08-2012 | 13.283300 |
02-08-2012 | 13.286700 |
03-08-2012 | 13.392700 |
Resolución Preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de papel bond cortado originarias de la República Federativa de Brasil, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en la fracción arancelaria 4802.56.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
jueves, 2 de agosto de 2012
Resolución por la que se declara concluida la investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 7304.19.02, 7304.19.99, 7304.39.06 y 7304.39.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
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