miércoles, 10 de marzo de 2010

Rectificación de pedimento por errores mecanográficos en el RFC.

Derivado de la RCGMCE 2.13.5 fracciòn IV hago meción de la posibilidad de rectificar el RFC de nuestro pedimento por errores mecanográficos hasta por un máximo de tres caracteres con la documentación que credite el RFC, sin embargo, existe la limitante de que dicha rectificación no se podrá llevar a cabo miemtras esten el primer o segundo reconocimiento aduanero, hasta que estos hayan concluido, de igual manera, no se podrá rectificar cuando la autoridad haga uso de sus facultades de comprobación.

Adicionalmete podremos rectificar el nombre y domicilio del importador o exportador siempre y cuando se efectue en forma simultánea a la clave del RFC, en caso contrario ya no procederá la rectificación de los mismos.

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