"ARTÍCULO ÚNICO. Se aprueba el Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Lituania para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo, hecho en la Ciudad de México, el veintitrés de febrero de dos mil doce".
México, D. F., a 19 de abril de 2012.- Sen. José González Morfín, Presidente.- Sen. Ludivina Menchaca Castellanos, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a catorce de mayo de dos mil doce.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Alejandro Alfonso Poiré Romero.- Rúbrica.
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