viernes, 11 de marzo de 2011

Empresas certificadas con más beneficios

Podrán rectificar los datos contenidos en el pedimento de importación temporal, que permitan cuantificar las mercancías

Las empresas certificadas podrán corregir datos en los pedimentos de importación

Como parte de los beneficios otorgados por las autoridades a las empresas certificadas, ahora podrán rectificar los datos contenidos en el pedimento de importación temporal para aumentar el número de piezas, volumen y otros datos que permitan cuantificar las mercancías, excepto tratándose de operaciones de transferencias de las mismas.
El beneficio aplicará cuando el resultado del mecanismo de selección automatizado hubiera determinado desaduanamiento libre y la autoridad aduanera no hubiera iniciado el ejercicio de sus facultades de comprobación. La rectificación del pedimento deberá efectuarse dentro de los 30 días siguientes al que se realice el despacho (regla 3.8.4., fracción XXVI de las RCGCE 2010).
La posibilidad de rectificar esos datos en el pedimento no está prevista para los demás importadores (artículo 89 de la LA).

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